Mayarí Mazariegos / Corresponsal /
El pasado martes 7 de febrero durante el programa de radio Brújula se lanzó la interrogante ¿la educación escolar debe impartirse en el idioma materno de los estudiantes o exclusivamente en español? Muchas fueron las respuestas a tal interrogante; sin embargo, existen varios detalles que deben de conocerse para poder tener una opinión más completa a un problema que hasta el día de hoy mantiene rascándose la cabeza a quienes tratan de buscar soluciones para mejorar el país.
Según censos de la población realizados por el Instituto Nacional de Estadística INE, entre 1959 y el 2006, la población guatemalteca es la más numerosa de la región centroamericana. La población guatemalteca aumentó en mas de 10 millones de habitantes, llegando a pasar de 2.8 millones en 1950 a más de 13 millones en el 2006.
Guatemala es un país en el cual cohabitan 4 pueblos: el Maya (con 22 etnias), el Xinca, el Garífuna y el Mestizo. Los pueblos indígenas predominantes en el país son el K’iche, el Q’eqchi, el Kaqchikel y el Mam, quienes representan el 81% del total de la población indígena. El pueblo indígena ha logrado conservar gran parte de su cultura, en especial a lo que se refiere a su idioma, artesanías, vestido y su organización social interna.
En su mayoría los pueblos indígenas han sufrido tremendos abusos de parte de grupos dominantes, lo que ocasiona que en la actualidad la mayoría se encuentre sumergida en la extrema pobreza y además, sean víctimas del rechazo y la discriminación de buena parte de la sociedad. Es precisamente por esto que se formula un conjunto de instrumentos internacionales para el reconocimiento y protección de los derechos de los pueblos indígenas.
El mundo internacional intenta intervenir en los países de población indígena con el objeto de mejorar mediante la implementación de ciertos instrumentos legales la realidad de los indígenas. Ejemplo de esto es la adopción del Convenio N. 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, el cual ofrece un marco para un compromiso con los pueblos indígenas a nivel de cada país. La ONU en especial trata de cuidar el tema del derecho de los pueblos indígenas y para esto lleva a cabo la creación de dos mecanismos importantes para este tema. La primera consiste en El Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU y la segunda en la Relatoría Especial sobre la situación de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de los indígenas.
En cuanto a nuestra legislación, podemos encontrar protecciones especiales a los Pueblos Indígenas tanto en la Constitución como en el Código Municipal guatemalteco.
En el preámbulo del Código Municipal, en su tercer considerando se expresa claramente que la presente legislación municipal se adecua a la realidad de la nación guatemalteca, la cual se caracteriza como de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe.
Además de esto, el artículo 2 de este mismo cuerpo legal en cuanto a lo referente a la naturaleza del municipio, expresa que estos se caracterizan por sus relaciones permanentes de vecindad, multietnicidad, pluriculturalidad y multilingüismo. Con esto claramente el Código municipal reconoce que en Guatemala existen múltiples etnias, culturas e idiomas, los cuales son diferentes las unas con las otras, por lo tanto se debe de respetar la diferencia que exista entre todos los pueblos que conviven en Guatemala.
El artículo 4 del Código expone que los pueblos indígenas tienen derecho a su libre determinación y a su autonomía o autogobernación en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos locales. El artículo 18 expone que los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como e mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.
Por otro lado el articulo 21, respecto a las relaciones de las comunidades de los pueblos indígenas entre si, expone que se deben de respetar y reconocer las formas propias de relación u organización de las comunidades de los pueblos indígenas entre si. De acuerdo a criterios y normas tradicionales que las mismas comunidades generen. El artículo 55 referente a las alcaldías indígenas nos indica que el gobierno del municipio debe de reconocer, respetar y promover las alcaldías indígenas cuando estas existan, incluyendo sus propias formas de funcionamiento administrativo.
Por ultimo el articulo 65 referente a las consultas a la comunidades de autoridades indígenas dentro del municipio, expone que cuando la naturaleza de algún asunto afecte en particular los derechos y los intereses de las comunidades indígenas del municipio o de sus autoridades propias, el Consejo Municipal deberá realizar consultas a solicitud de las comunidades o autoridades indígenas, incluso aplicando criterios propios de las costumbres y tradiciones de las comunidades indígenas.
El Código Municipal guatemalteco trata de incluir dentro de su cuerpo normativo el derecho a los pueblos indígenas especialmente en cuanto a su libre determinación, como bien puede apreciarse en los numerosos artículos que el mencionado Código dedica a este tema en particular. Sin embargo lo dispuesto por este Código y lo que sucede en la realidad es muy diferente, ya que en la actualidad en muchos municipios no puede garantizarse siquiera la alfabetización de sus habitantes, siendo analfabetas en su mayoría las personas pertenecientes a los pueblos indígenas. Tal parece que estas disposiciones pudieron en algún momento haber servido de excusa para ya no brindar los derechos básicos y esenciales que las municipalidades tienen la obligación de garantizar, escudándose en el derecho a “su propia determinación”, cuando quizá muchos de estos pueblos únicamente tienen algo en mente: la supervivencia diaria.
La mayor parte de los jóvenes universitarios consideran que la principal clave para el desarrollo consiste en la educación, encuadrándose generalmente en la premisa que afirma que un pueblo educado es un pueblo que progresa. Esta afirmación también es lo suficientemente fuerte como para tener que dedicarle un artículo completo para su debida discusión, sin embargo no puede dejar de afirmarse que es una pieza esencial para lograr el desarrollo y progreso.
El comercial difundido por Pepsi, Guatemórfosis, ha enamorado a la mayoría de los guatemaltecos que lo han visto, promoviendo el amor por la diversidad cultural, las tradiciones y las bellezas naturales que contiene nuestro país. Sin embargo, a pesar que es un bello comercial que fomenta nuestro amor y orgullo patrio, no debemos obviar que para llevar a nuestro país adelante se necesita un poco más que una “buena actitud y amor patrio”; se necesita la energía suficiente para documentarse, investigar, abrir la mente a los diversos problemas y elaborar planes estratégicos que puedan promover resultados reales que logren trascender en nuestra sociedad.
Nuestra diversidad cultural es una virtud. Sin embargo, debemos considerar que si en Guatemala conviven 22 etnias mayas, esto también implica que cada una de ellas consta con un idioma y un orden jurídico (reconocido por nuestro código municipal y protegido por diversos instrumentos internacionales) diferente entre si. Nos encontramos ante una situación muy difícil de afrontar desde todos los enfoques posibles, eso sin mencionar al pueblo Garífuna y el casi extinto pueblo Xinca.
Este conflicto ha llevado a muchos a pensar que lo ideal sería iniciar una educación netamente en español e inglés, por las múltiples ventajas que esto implica, promoviendo así poco a poco una uniformidad de cultura e idioma. Quienes se oponen son partidarios de una educación bilingüe, pero enseñando principalmente en el idioma materno del estudiante y posteriormente (o conjuntamente) en español. Para ello, deben de capacitarse (y existir) maestros adecuados en cada idioma de cada etnia y pueblo existente en el país.
Sea cual sea la opinión que nos merezca el presente tema, se debe siempre de tener presente el derecho a la cultura del que cada persona es poseedora. Y como alguien dijo una vez… “a veces las respuestas más conciliadoras se encuentran cuando por un momento nos ponemos en la situación de la otra parte y pensamos en la forma en que nos gustaría que nos tratasen….”
Hace unos meses tuve la oportunidad de participar en un intercambio cultural en donde se nos sumergió en la cultura japonesa, no entendía absolutamente NADA cuando leía uno de sus periódicos o sencillamente desviaba mi vista hacia el menú de comida. Agradecí muchísimo que las actividades constaran con un plan de inclusión para mi cultura, en la que existían herramientas de “traducción simultánea”. Sin embargo, uno de mis compañeros se negaba siempre a utilizar dichos instrumentos aun cuando no entendiera nada, quería incluirse y siempre le habían encantado los japoneses.
Así, la realidad cultural de nuestro país es mucho más diversa y compleja que un comercial de Guatemorfosis. ¿Cambiar el país? Sí. Pero para lograrlo se necesitará más que una buena actitud.
Fotografía: pace.org.gt