Iván Arango/ Estudiante de Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales / Segundo lugar*
Bien sabemos que las comisiones de postulación se institucionalizaron a través de la Constitución Política de la República de Guatemala para efectos de limitar la discrecionalidad de los Organismos del Estado en cuanto al nombramiento subjetivo e idóneo de determinadas autoridades públicas y para el fortalecimiento del Estado de Derecho y la democracia participativa y representativa. Asimismo, existe una ley propia: Ley de comisiones de postulación, donde se define que dichas comisiones tienen por objeto regular y establecer mecanismos y procedimientos, en cuanto a la selección de las nóminas de candidatos tales como los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte de Apelaciones, Contralor General de Cuentas, Fiscal General de la República y Jefe del Ministerio Público y Procurador de los Derechos Humanos.
En este orden de ideas, parafraseo a Kant quien afirma que la ética viene del deber ser, o sea el ser y el deber ser. Estas dos acepciones se refieren a lo que acontece en nuestra realidad fenoménica, de nuestra voluntad, nuestro obrar y de la libertad humana en donde se establecen las bases de la conducta moral, los actos libres, voluntarios y autónomos que pertenecen al mundo moral. Por eso los mecanismos y procedimiento que requieren el proceso de las comisiones de postulación se deben llevar a cabo por el principio de la ética de la reciprocidad, dado por Epicuro. Sin embargo, fue John Locke quien le dio la esencia del concepto de que las personas tienen derecho a la vida y a la libertad y que garantizan la seguridad de las personas, por ende las mismas comisiones deben darnos esa seguridad que a través de sus debates elegirán a la persona idónea para optar a los diferentes cargos ya mencionados y, por lo mismo la libertad de que la sociedad civil fiscalice cada uno de los términos en que se basan los comisionados.
Dicho esto, en el artículo 9 de la ley que regula a las comisiones, se establece que las audiencias son libres media vez haya recato en el punto de reunión. Es importante que los actos morales de los comisionados en su manera de obrar tengan tres elementos significativos: motivos, fin y medios. Debe existir un motivo que los mueva a elegir las personas con amplia HONORABILIDAD y la PROBIDAD de cada uno de los delegados de la comisión para que cada etapa del proceso se realice sobre la mesa y no enfocarse en tirar la piedra escondiendo la mano, que es la causa directa de la realización del acto. Deben poseer un fin, si bien es “ahorrarle” el trabajo al presidente en caso de Fiscal General o al Congreso en las demás decisiones sine qua non, esto debe ser con toda la VERACIDAD posible, así en última instancia el mandatario revise expedientes y de su veredicto, esto sea pues la anticipación mental del resultado que se pretende alcanzar con la acción. Por último, los pasos que hay que seguir indispensablemente para completar el acto moral son los medios, los cuales tienen que ser los más prudentes e idóneos; así, la realización de la convocatoria, entrevistas, tabla de gradación, impugnaciones, etcétera se deben realizar con la eficiencia más amplía en sentido de la JURIDICIDAD, y me refiero a que en estos procesos se debe velar rigurosamente por la legitimidad que conllevan cada uno de estos métodos.
El papel de la sociedad civil es de suma importancia, ya que a través de ella se verifica y se fiscalizan los términos para lograr la transparencia y la objetividad, para acabar con el truco bajo la manga, el tema coyuntural de las universidades “fantasmas” que se crean con el solo hecho de formar parte de las comisiones de postulación y perjudicar la independencia de estas. Es necesaria la creación de políticas para una nueva reforma constitucional y así evitar ese tipo de injerencias que tanto aquejan a la población nacional. Por eso es importante enmarcar la ética para captar la razón y coincidir con la moral que influye en la conducta de forma consciente y voluntaria, aplicar esas diligencias para mover peones estratégicos sobre el tablero y lograr el “jaque mate” a la subjetividad y corrupción en dichos procesos.
En los jóvenes está hacer un juicio ético a cada una de las discrepancias en los casos que se presenten, aprender que el ser humano tiene la capacidad de distinguir entre lo bueno y lo malo; todo valor ético es valor humano: no dejemos que tiranos escupan nuestra faz.
*Concurso de ensayos sobre ética profesional en las comisiones de postulación, promovido por el Tribunal de Honor de la Asociación de Estudiantes de Derecho de la Universidad Rafael Landívar.