Hablemos del proyecto de reforma a la Constitución, parte I…

Y vos,  ¿Qué pensás? …

Así como los maestros utilizan el escalafón para ir ascendiendo en su carrera, o los militares también tienen un procedimiento interno en su trabajo dentro del ejército, los jueces también lo tienen.   A esto se le denomina carrera judicial.  La carrera judicial regula el ingreso, las promociones y ascensos de los jueces del país, quienes son los profesionales encargados de velar por el cumplimiento de la justicia, siendo servidores públicos del Organismo Judicial.

La propuesta de la reforma a la Constitución promueve, para el sector justicia, la elevación de la carrera judicial a un rango constitucional.  Esto brindaría de más independencia e imparcialidad a los jueces, además que aportaría más fuerza al cumplimiento de la carrera  judicial, la cual a pesar que ya se encuentra regulada en una norma ordinal, ésta no se cumple.  Actualmente existe una alta influencia de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la designación de los jueces.

Actualmente, la carrera judicial se encuentra regulada hasta los jueces de primera instancia.  Es decir, primero debes ser juez de paz y luego juez de primera instancia.  Los magistrados de la Corte de Apelaciones y magistrados de la Corte Suprema de Justicia, son designados por comisiones de postulación.  Los cambios proponen que la carrera judicial llegue hasta los magistrados de la Corte de Apelaciones.  Los magistrados de la CSJ continuarán siendo electos por comisiones de postulación.

¿Cuáles son las funciones y responsabilidades de cada Juez?

[box_success]

Los juzgados de paz conocen casos penales, civiles, laborales, familia, que la Ley y la Corte Suprema de Justicia les asignan de acuerdo a los montos y el territorio.

Los juzgados de primera instancia conocen los casos de  orden civil, penal, familia, trabajo, niñez y adolescencia, cuentas (casos de cargos por examen de cuentas de instituciones del Estado), económico coactivo (casos de deudas de particulares al Estado), según  la Ley y la Corte Suprema de Justicia  de acuerdo a  los montos y el territorio.

Las Salas de la Corte de Apelaciones conocen en segunda instancia casos de materia, penal, civil, familia, laboral,  niñez y adolescencia, cuentas y conflictos de jurisdicción (conflictos por el ámbito de conocimiento de un juzgado o tribunal) , contencioso administrativo (conflictos por actos y resoluciones de la administración y de las entidades descentralizadas y autónomas del Estado), además antejuicios, de responsabilidad contra funcionarios y otras establecidas en leyes y reglamentos.

[/box_success]

Te estaremos presentando a lo largo de la semana algunas de las reformas propuestas por el Organismo Ejecutivo a la Constitución Política de la República de Guatemala..

Compartir

Otros artículos de interés

SALUD QUE ABRAZA LA DIVERSIDAD

Maripaz Estrada / Opinión “En los años por venir tendrán la oportunidad y responsabilidad de cambiar el mundo, para que sea un lugar mejor, un lugar más seguro, un lugar...

Las Teorías Sociológicas de Marx y Weber y su Impacto y Aplicación en Los Juegos del Hambre

Santiago Camposeco Los libros siempre han sido una parte fundamental para el ser humano, podemos decir que son una de las principales fuentes de información y entretenimiento para las personas....

Vivimos Conectados, Pero Más Solos Que Nunca

Diana Gabriela Romero Barrientos Ivanna Ximena Horney García En la actualidad, la tecnología forma parte de casi todos los aspectos de la vida humana. Los teléfonos celulares, las redes sociales...

Nacimos así: el mal no se aprende, se hereda

Por Valeria Juárez y Alejandro Camajá Hace unas semanas, en el transmetro de las siete de la mañana, alguien se quedó parado frente a un asiento vacío mientras una señora...

La Rebelión Z

Sebastian Alexis López Valencia Imagine a un joven coordinando una protesta desde su teléfono mientras el gobierno que lo reprime acaba de bloquear sus redes sociales. No es una distopía:...