Guatemala atraviesa momentos difíciles. La inestabilidad política, que históricamente nos ha caracterizado, se ha agudizado en los últimos días luego que el presidente de la República Jimmy Morales declarara “non grato” al Comisionado de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), Iván Velásquez.
Independientemente de la postura que cada uno pudiera tener respecto a la decisión del Presidente, lo cierto es que existe un marco jurídico que regula el mandato de la CICIG, en el cual se establecen con mucha claridad sus funciones, su composición y estructura orgánica, así como las inmunidades y los privilegios de los que goza el Comisionado.
Revisemos algunas cuestiones:
“El Presidente es el encargado de dirigir la política exterior”
La Constitución Política de la República en su artículo 183, literal o, establece que el Presidente en su calidad de Jefe de Estado, es el encargado de dirigir la política exterior de Guatemala y sus relaciones internacionales. Correcto, eso lo tengo muy claro.
No obstante, la misma Constitución indica también la sujeción a la ley de los funcionarios públicos y su obligación de ajustar su actuar en todo momento a un marco de legalidad.
“La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas faculta al Presidente para declarar non grato a cualquier agente diplomático”
Falso. En mi opinión, esta es una cuestión de errónea interpretación de un tratado internacional. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (sí, es otra Convención de Viena), determina que todos los tratados internacionales deberán “interpretarse de buena fe, conforme al sentido corriente que haya de atribuirse a los términos del tratado en el contexto de estos y teniendo en cuenta su objeto y fin”. Esto es importante dado que el meollo del asunto reside en la interpretación que se le debe hacer al artículo 10 del acuerdo que le da vida a la CICIG y el cual fue celebrado entre el Estado de Guatemala y la Organización de Naciones Unidas.
El artículo 10 del acuerdo constitutivo de la CICIG estipula que el Comisionado “disfrutará de los privilegios e inmunidades, exenciones y facilidades otorgados a los agentes diplomáticos de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961”. Así pues, al tenor literal de la norma, el Comisionado de la CICIG goza de los privilegios, las inmunidades, las excenciones y las facilidades de las que goza un agente diplomático.
Pero, ¿es Iván Velásquez un agente diplomático, per se? La respuesta más técnica sería que no lo es. Esto dado que es claro que la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas es utilizada únicamente en forma referencial por el acuerdo constitutivo de la CICIG, lo cual no significa que la Convención – en forma íntegra – aplique en el presente caso y por lo tanto el Presidente tenga la facultad de declararlo persona non grata.
¿Injerencia extranjera?
Con un argumento que pareciera más político que jurídico, algunos sectores afirman con vehemencia la necesidad de fortalecer la institucionalidad y el Estado de Derecho, denunciando la intervención del Comisionado Velásquez en los asuntos internos del Estado.
En ese sentido, la prohibición de intervención en los asuntos internos de un Estado, es uno de los principios clásicos del Derecho Internacional Público. En términos generales, constituye uno de los pilares fundamentales sobre los cuales descansa la soberanía estatal, su integridad territorial y sus relaciones internacionales. Sin embargo, pareciera que algunos sectores de la población han enarbolado la bandera de la no injerencia extranjera para justificar la expulsión del país de un alto funcionario de Naciones Unidas.
El Presidente manifestó que el Comisionado Velásquez “se extralimitó en sus funciones” e hizo referencia a presiones por parte del Comisionado al Organismo Legislativo para la aprobación de las Reformas Constitucionales. Pareciera contradictorio, ¿no? Siendo el mismo Presidente el que apoyó el proyecto de Reformas Constitucionales y que en su momento “abrazó” el apoyo brindado por el Ministerio Público (MP), la CICIG y la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH).
En caso hubiera sido así, ¿por qué el Presidente no lo expulsó antes? ¿Por qué hasta ahora? ¿Por qué un día después de que se anuncia una investigación en su contra? Venir a argumentar yugo extranjero y rasgarse las vestiduras me resulta poco creíble.
Más desalentador resulta el hecho que muchos guatemaltecos, con cierta dosis de doble moral, pegan el grito al cielo por supuesta intromisión extranjera en los asuntos internos del Estado. ¿Acaso los que hoy denuncian intervención extranjera se han pronunciado respecto a las comunidades indígenas que se ven afectadas por las grandes transnacionales extranjeras que instalan sus proyectos hidroeléctricos, atentando contra los derechos y garantías fundamentales de los pueblos originarios, sin respetar su derecho a una consulta previa e informada? ¿Acaso los que hoy denuncian intervención extranjera se rasgan las vestiduras por el zaqueo abusivo de los recursos naturales del país? ¿Acaso los que hoy denuncian intervención extranjera dicen algo sobre el 1% de regalías que le queda al Estado de Guatemala como resultado de la actividad minera? ¿Acaso los que hoy denuncian intervención extranjera han dicho algo sobre el control casi absoluto de un empresario mexicano sobre las telecomunicaciones del país? Pareciera que la mayoría de la gente no se escandaliza frente a esta realidad.
No más divisiones
La coyuntura actual es muy distinta a la del 2015. En esta ocasión, la pugna entre el Presidente y la CICIG ha venido a traer confrontación entre los guatemaltecos y ha dejado en evidencia nuestra falta de capacidad para respetar las opiniones de los demás.
El ciudadano no debería caer en extremos, reconociendo el panorama político con mucha objetividad: a) Ni endiosar a la CICIG y creer que Iván Velásquez es el salvador de la patria; b) Ni calificarlo de burócrata internacional y delincuente, pues la CICIG surge como un esfuerzo del mismo Estado de Guatemala y la comunidad internacional para el combate frontal contra la corrupción.
Personalmente considero que, si bien es cierto, eventualmente, la CICIG deberá irse en aras del fortalecimiento del Estado de Derecho y la institucionalidad, en este momento histórico la labor de la Comisión sigue siendo clave, pues los cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad siguen profundamente incrustados en el Estado. En todo caso, más allá de opiniones personales, me parece que el Presiente no supo leer correctamente las consecuencias políticas de su decisión.
Lo más triste e incómodo de todo es ver la forma en la que muchos jóvenes universitarios han reaccionado ante la coyuntura. Podes estar a favor o en contra, pero la historia se ha encargado de demostrar que la prepotencia, la descalificación y la intolerancia es la que tiene de rodillas a nuestro país ante el subdesarrollo y la miseria.
Peor aún, preocupante resulta el hecho de ponerle tintes ideológicos a las luchas sociales, pues la corrupción es ambidiestra y no respeta a la izquierda ni a la derecha.
En fin, pareciera que el guatemalteco lleva la confrontación en las venas y en el camino, es Guatemala la que continúa muriendo desangrada.