Luis Arturo Palmieri / Opinión /
Esta semana el debate nacional se ha centrado principalmente en el contenido de la Ley Nacional de la Juventud. La iniciativa de ley fue realizada por el diputado José Alejandro De León Maldonado en el año 2008, sin embargo, estuvo engavetada por varios años y fue hasta este año que vio la luz de nuevo.
Hace algunas semanas la ley ya se estaba aprobando en el Congreso (se discutió 2 veces y se aprobó en el tercer debate) y pocas eran las personas que hablaban del tema o los medios de comunicación que lo mencionaban.
¿Qué hizo que la Ley Nacional de la Juventud pasara de ser una ley totalmente desapercibida a ser el principal tema de discusión en prensa, programas de radio, televisión, redes sociales y organizaciones sociales?
La iniciativa de ley presentada por el entonces diputado De León contenía, entre otras cosas: una enumeración de “derechos de la juventud” que –dicho sea de paso- ya están contenidos en nuestra Constitución, en otras leyes ordinarias y en tratados internacionales; y una enumeración de “obligaciones del Estado” que no eran nada nuevo en nuestro ordenamiento jurídico pues ya están contempladas en distintas leyes y tratados.
El único aspecto importante que poseía la iniciativa, antes de volverse trending topic, era la creación de un “Sistema Nacional Para el Desarrollo de la Juventud” el cual se integraba por: la Secretaría Nacional de la Juventud de la Presidencia; la Comisión Intersectorial de Políticas Públicas para la Juventud; y el Consejo Nacional Juvenil.
La mencionada Secretaría vendría a sustituir el CONJUVE (Consejo Nacional de la Juventud), una institución pública que se creó desde 1996 y que, a la fecha, no ha tenido ningún logro, y que además es desconocida para la mayor parte de la población.
El problema con la creación de este Sistema Nacional, y en especial la Secretaría, era que a esta última se le asignaba, para costear su funcionamiento, el 10% del monto recaudado por concepto del impuesto al tabaco y sus productos. En otras palabras, ¡la Secretaría tendría –solo con esta asignación- un presupuesto de más de 40 millones de quetzales!
La Ley Nacional de la Juventud se volvió trending topic luego de que se intentaran agregarle, sin previa discusión y consenso entre bancadas del Congreso, dos enmiendas:
1) Aumentar de un 5% a un 6% el tipo impositivo del Impuesto Sobre la Renta, del cual el 50% se debería destinar a la Secretaría Nacional de la Juventud. En otras palabras, la Secretaría tendría, además de los Q40 millones antes mencionados, otros Q50 – Q80 millones más.
¿Se imaginan que “El Señor Licenciado Edgar Chin” (así le denominan en la página del CONJUVE a su Director), en su primer trabajo, manejara a su gusto y antojo cien millones de quetzales?
2) Incluir dentro de la ley: i) que se garantice la educación sexual a los jóvenes; ii) que se garantice el acceso a métodos anticonceptivos modernos; y iii) y que el Estado proveyera anticonceptivos.
Ambas enmiendas fueron las que despertaron a la población, puesto que generaron un intenso debate dentro y fuera del Congreso. Y en vista de que ni las organizaciones de jóvenes ni los diputados estaban de acuerdo, el Pleno del Congreso dispuso que la iniciativa fuera enviada –por un plazo de 30 días- a una comisión específica de la juventud para que se analizara la propuesta a profundidad y se consensuaran los temas a incluir en la ley.
Con motivo de todo lo anterior, diversas organizaciones de jóvenes instalarán una Mesa Ciudadana de la Juventud en el Palacio Nacional el día viernes 12 de febrero a las 13:00 horas a efecto de que las personas y organizaciones juveniles que deseen participar para aportar ideas y desarrollar una mejor Ley Nacional de la Juventud, puedan llegar y participar del debate.
Propongo que se empiece a analizar el fondo de esta ley respondiendo las siguientes preguntas:
• ¿Qué se puede hacer para combatir el hecho de que de enero a agosto de 2015 hubo un total de 4,431 niñas embarazadas de 10-14 años de edad? ¿Dar educación sexual?
• ¿Debe el Estado tener la obligación de educar sexualmente a los niños y jóvenes? ¿Debe el Estado tener la obligación de proveer a los jóvenes de anticonceptivos?
• ¿Debe adoptarse la postura de que sean los padres quienes eduquen a sus hijos, aún y cuando hay niños que no tienen padres?
• Tomando en cuenta que ya existe el CONJUVE, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura y Deporte, el Ministerio de Desarrollo Social y un montón de leyes y tratados que nos dicen cuáles son los derechos de los jóvenes y las obligaciones del Estado ¿Es realmente necesaria una Secretaría de la Juventud?