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Samuel Pérez Álvarez / Colaboración/ 

El pasado domingo 21 de septiembre, el Partido oficial –Partido Patriota- en su Asamblea General realizada en la Plaza Mayor de la Constitución, dio a conocer ante varios asistentes (acarreados o no) a Alejandro Sinibaldi como precandidato presidencial.

La actividad tuvo una gran difusión en los medios electrónicos, de hecho las frases aludiendo a la actividad fueron las principales tendencias en las redes sociales. Las críticas fueron abundantes, sobre todo por el evidente irrespeto a la Ley Electoral y de Partidos Políticos –LEPP-, la cual establece que el día 2 de mayo del año electoral, el Tribunal Supremo Electoral –TSE- debe decretar la convocatoria a elecciones generales y, la campaña política inicia en la fecha de la convocatoria, no antes. El precandidato Sinibaldi, en un simple monólogo, afirmó varias veces que será el presidente, convirtiendo una Asamblea General en lo que se percibe como campaña anticipada.

Sin embargo, el exministro Sinibaldi no fue el único que cometió lo que podría entenderse como faltas a la LEPP, pues la misma también establece que a los funcionarios y empleados públicos se les prohíbe utilizar su autoridad o influencia a favor de determinado candidato u organización política; tomando en cuenta que al mitin del Partido Patriota asistieron, entre otros funcionarios, la vicepresidenta Baldetti, el ministro de gobernación López Bonilla y el legislador Muadi, su sola presencia implica su apoyo y preferencia por el precandidato y el partido oficial.

Adicional a lo que algunos guatemaltecos vemos como ilegal de parte de los políticos, hay que sumarle faltas de parte de un sector que no es tan evidente al cometerlas, pues el mismo sector es quien controla buena parte de la opinión pública. Este sector es el de las empresas de comunicación social.

El mitin del PP fue transmitido como campo pagado en vivo por -al menos- dos cadenas de televisión, las cuales estarían cometiendo la falta de acuerdo al artículo 221 de la LEPP que indica que la transmisión de propaganda no tendrá limitaciones más que las establecidas por la ley siempre que sea a partir de la convocatoria, la cual como indiqué, no ha sido decretada por el TSE. Ahora bien, asumiendo que la prohibición no tuviese lugar y que las empresas televisivas estuviesen en libertad de difundir la propaganda anticipada, ¿consentir y difundir un acto presuntamente ilegal de parte del PP es tolerable?

El mismo bachiller Sinibaldi afirmó en su discurso, recordando implícitamente las palabras del presidente uruguayo Pepe Mujica, que la economía debe estar al servicio de las personas, pero pagar a un medio para difundir la campaña anticipada y que el medio de comunicación lo acepte solo por el hecho que le están pagando, es incoherente con el espíritu de la afirmación. Asimismo sucede con las empresas publicitarias que permiten la venta de espacio en vallas y mupis para promocionar partidos políticos que pudiesen ser o ya fueron sancionados.

En realidad el objetivo de esta columna de opinión no es condenar a las empresas publicitarias ni a los medios de comunicación, pues no es su obligación negarle el espacio a nadie; sin embargo, las empresas conocen el contenido de los anuncios antes de hacerlos públicos y sin negar su fin comercial, además de considerar el dilema ético, creo que una buena práctica de responsabilidad social empresarial sería no permitir la venta de espacio publicitario a partidos que están fuera del tiempo establecido por la ley para hacer campaña electoral.

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